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Cómo registrar una SOFOM, E.N.R. en México

Paso 1: Preparación legal y corporativa

Este primer paso establece la base jurídica de la empresa. Todo se realiza a través de un Notario Público.

  • 1. Autorización del nombre: Solicitar ante la Secretaría de Economía la autorización de la denominación. El nombre debe contener “Sociedad Financiera de Objeto Múltiple” o “SOFOM”, así como “Entidad No Regulada” o “E.N.R.”.
    Ejemplo: «Crédito Rápido de México, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.»
  • 2. Elaborar el Acta Constitutiva: Con el notario se redacta el documento que define el objeto social, la estructura de accionistas y órganos de administración. El objeto social debe dejar claro que la actividad principal será otorgar créditos, arrendamiento financiero o factoraje.
  • 3. Firma ante notario: Los socios firman el acta constitutiva y el notario la protocoliza.
  • 4. Registro en el RPC: El notario presenta la escritura en el Registro Público de Comercio, lo que da existencia legal a la empresa.
  • 5. Inscripción en el SAT: Se tramita el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) para poder operar comercialmente.

Paso 2: Registro ante autoridades financieras

En este punto se diferencia una SOFOM de una empresa comercial común.

  • 6. Alta en CONDUSEF: Inscribirse en el SIPRES, lo que garantiza aparecer en el registro oficial de proveedores financieros.
  • 7. Registro de contratos de adhesión: Todos los formatos de contratos deben inscribirse en el RECA de la CONDUSEF antes de su uso con clientes.
  • 8. Registro de comisiones: Cualquier cargo (apertura, mora, etc.) debe inscribirse en el RECO.
  • 9. Representante ante CONDUSEF: Nombrar oficialmente a la persona encargada de la relación con la Comisión.

Paso 3: Cumplimiento en prevención de lavado de dinero (PLD/FT)

Esta fase es crítica y su incumplimiento puede derivar en multas o pérdida de la autorización.

  • 10. Registro en el portal PLD/FT: Inscripción en el sistema del SAT como Actividad Vulnerable.
  • 11. Manual de políticas y procedimientos: Elaborar un documento que incluya KYC, criterios de riesgo, monitoreo, reportes y capacitación.
  • 12. Oficial de Cumplimiento: Nombrar al responsable del cumplimiento normativo e informar al SAT.
  • 13. Sistema de avisos: Reportar de manera periódica operaciones relevantes, inusuales o sospechosas al SAT.

Paso 4: Operación y requisitos adicionales

  • 14. Contrato con Buró de Crédito: Es obligatorio consultar y reportar información de clientes a una Sociedad de Información Crediticia.
  • 15. Aviso de Privacidad: Elaborar y publicar el aviso conforme a la LFPDPPP, explicando cómo se tratan los datos personales.
  • 16. Contabilidad especial: Aunque las SOFOM E.N.R. no están supervisadas por la CNBV, deben llevar su contabilidad bajo criterios específicos establecidos para el sector.

Nota importante

Este listado es una guía práctica, pero el proceso requiere experiencia legal y contable especializada en derecho financiero mexicano. Se recomienda contratar asesores con experiencia, ya que errores en cualquiera de los pasos pueden ocasionar sanciones, retrasos o incluso el rechazo del registro.

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